El acuerdo agrario: la prioridad (II)

FERNANDO SANTACRUZ CAICEDO
fersantacruz25@yahoo.com

Según el informe del PNUD en 2016 el coeficiente GINI -indica que cero (0) representa la igualdad total y cien (100) la desigualdad absoluta- fue de 92.0, registro que denota que Colombia exhibe la más alta concentración de tierras en el mundo, causada por su brutal proceso histórico -acaparamiento, despojo, desplazamiento forzado, violencia, maniobras fraudulentas-, por las fuerzas del mercado, las políticas públicas, la criminalidad organizada, el narcotráfico y los grupos armados al margen de la ley. Las cifras del IGAC confirman la desmesurada concentración territorial en nuestro país: 3.7 millones de predios, con una extensión de 61.3 millones de hectáreas; 3.5 millones de propietarios, de los cuales el 25% son dueños de 58.2 millones de hectáreas (95%). Otra fuentes corroboran los mega guarismos: 0.4% de los propietarios con fincas mayores a 500 hectáreas, son dueños del 42% del total escriturado; 70% de las posesiones campesinas con fincas menores de 5 hectáreas, ocupan el 4.8% de la tierra; 60% de las pequeñas posesiones son informales; 64% de los hogares campesinos no tienen acceso a la tierra; la extrema pobreza rural afecta al 20% de la población campesina, precaristas sin tierra suficiente para producir; dos terceras partes de los labriegos son jornaleros sin tierra; el otro tercio que la posee carece de títulos y no accede al crédito; los poseedores y ocupantes campesinos, comunidades indígenas y negras, perdieron por despojo violento 6 millones de hectáreas.

El Acuerdo del Teatro Colón –noviembre de 2016- en su punto 1, “Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral”, sentó las bases para la transformación estructural del agro. Entre sus propósitos promueve la integración de regiones, erradicar la pobreza, establecer la equidad y disfrutar los derechos ciudadanos; adopta medidas para usar la tierra de acuerdo a su vocación; estimula la formalización, restitución y distribución de la misma; regula y democratiza la propiedad e impele su desconcentración; propicia planes nacionales financiados por el Estado; instituye espacios participativos para planear, monitorear y evaluar los programas acordados; apoya la constitución de zonas de reserva campesina y de otras formas asociativas solidarias; prioriza los territorios más afectados mediante programas de desarrollo con enfoque territorial; contextualiza el desarrollo rural dentro de la globalización; reconoce la importancia determinante de la economía campesina, familiar y comunitaria. Establece fundamentos para implementar la RRI: resolución de las causas históricas del conflicto -propiedad y concentración de la tierra, exclusión y atraso de las comunidades rurales; vías institucionales para terminar los antagonismos sociales; y, enuncia que “Nada de lo establecido en el Acuerdo debe afectar el derecho constitucional a la propiedad privada”.
Los otros cinco puntos del Acuerdo emanan directamente del pacto agrario: i) apertura democrática; ii) cese al fuego, a las hostilidades y dejación de las armas -cumplidos por las FARC-EP; iii) solución al problema del narcotráfico; iv) víctimas del conflicto -JEP (sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición); y, v) mecanismos de implementación y verificación. Significa lo antedicho que la columna vertebral del proceso de paz, de la terminación definitiva de la guerra y de la construcción de una Colombia Nueva, está determinado por la resolución terminante de la cuestión rural. Qué, Cómo y Para Qué se Reforma la estructura de tenencia y utilización de la tierra, integran el catálogo de preguntas y respuestas para apagar nuestro incendiado presente y erigir un futuro colmado de progreso, educación, justicia, equidad y democracia participativa directa. ¡Solucionar prioritariamente el asunto agrario deviene indispensable para zanjar los demás problemas de la construcción de la paz! Lo demás son embelecos, utopías.

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