¿Y los conflictos de interés?

ALEJANDRO ZÚÑIGA BOLÍVAR 
zunigabolivar.alejandro@gmail.com

El Concejo Municipal de Popayán, al igual que los demás servidores públicos del nivel directivo, tiene el deber legal y constitucional de representarnos en la gestión de los intereses públicos. Sin embargo, no en pocas ocasiones las discusiones que se dan al interior de las corporaciones públicas coinciden con intereses privados de quienes la integran. Una situación que, de no evidenciarse y evitarse, permite que las personas piensen que las corporaciones públicas o los cargos de dirección en el Estado son los espacios ideales para promover intereses personales.

A nivel internacional, el Código Internacional de Conducta para los Titulares de Cargos Públicos de Naciones Unidas prevé: “Los titulares de cargos públicos no utilizarán su autoridad oficial para favorecer indebidamente intereses personales o económicos propios o de sus familias. No intervendrán en ninguna operación, no ocuparán ningún cargo o función ni tendrán ningún interés económico, comercial o semejante que sea incompatible con su cargo, funciones u obligaciones o con el ejercicio de éstas.”

Por su parte, a nivel nacional, han sido múltiples las iniciativas anticorrupción que nos han llevado a implementar medidas tendientes a evitar la existencia de estos conflictos de interés. Tratándose de los concejales, el artículo 55 de la Ley 136 de 1994 establece que: “Los concejales perderán su investidura por: (…) 2. Por violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades o de conflictos de intereses.” Y, al respecto, el artículo 40 de la Ley 734 de 2002 prevé: “Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente, o algunos de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho. Cuando el interés general, propio de la función pública, entre en conflicto con un interés particular y directo del servidor público deberá declararse impedido.”

En ese orden de ideas, la comunidad nacional e internacional ha venido desarrollando medidas tendientes a implementar una agenda anticorrupción que, además, nos llevó a una histórica consulta popular, implementada parcialmente.

En Popayán hace falta que exista un registro público de conflictos de interés que permita a toda la ciudadanía conocer los intereses privados de todos los servidores públicos del nivel directivo de las entidades territoriales. En el caso específico del Concejo de Popayán, el pasado 11 de marzo de 2019, hubo una reforma al Reglamento Interno del Consejo Municipal de Popayán en donde se perdió la oportunidad de implementar un registro público. Sin embargo, hoy en día contamos con nuevos miembros que, seguramente, estarán a la vanguardia de esta lucha anticorrupción y gestionarán la modificación del reglamento para que, finalmente, la ciudadanía pueda conocer cuáles son sus intereses privados.

En ese mismo sentido, deberíamos contar con un registro público para la Administración Municipal, no de otra forma es posible que la prensa y la ciudadanía en general pueda avizorar los conflictos de interés y participar de mejor manera en las decisiones que les incumben. La verificación de los conflictos de interés no debiera ser una labor de investigación privada sino un debate público. ¿Se nos cumplirá este sueño de transparencia en Popayán?

Comentarios